Tarifas de Salud Ambiental
Tarifas de Salud Ambiental PDF - Actualizado el 2/12/2024
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Tenga en cuenta que los pagos en efectivo deben realizarse con el efectivo exacto.
Por favor, tenga en cuenta: El Departamento solo acepta MasterCard, Visa, Discover y tarjetas de débito/ATM como métodos aceptables para pagos con tarjeta de crédito (las tarjetas de crédito tienen un cargo adicional del 2.39%).
Pagar en Persona (efectivo, cheque, giro postal, cheques de caja y de viajero, tarjetas de crédito)
Pagar por Correo (cheque, giro postal, o cheques de caja)
Pagar por Teléfono (tarjeta de crédito)
Por favor haga los cheques a nombre de y envíelos a:
Departamento de Salud Ambiental del Condado de Imperial
1221 W. State St., Suite B, in El Centro, CA, 92243
Pagar por Teléfono: (442) 265-1888
Permisos de Salud Ambiental
A. Ninguna persona, corporación, asociación, empresa, negocio o entidad podrá operar, realizar, llevar a cabo o involucrarse en cualquiera de las actividades descritas en esta sección sin obtener un permiso de salud y pagar la tarifa indicada en esta sección para la actividad, y obtener un recibo correspondiente del Departamento de Salud Ambiental.
B. Permisos no transferibles. Los permisos descritos aquí no son transferibles.
C. Cambio de nombre de propietario/operador. Un propietario/operador con un permiso válido que cambie solo el nombre de la empresa deberá presentar una solicitud de permiso actualizada dentro de los 10 días siguientes a la fecha del cambio de nombre del negocio.
A. Requisitos para el Cambio de Propietario (Propietario). El propietario debe notificar al Departamento de Salud Pública, División de Salud Ambiental, sobre el cambio de propietario al menos diez (10) días antes de la fecha del cambio oficial. El propietario deberá pagar dentro de los treinta (30) días todos las tarifas pendientes hasta la fecha del cambio oficial de propietario.
B. Requisitos para el Cambio de Propietario (Nuevo Propietario). El nuevo propietario deberá obtener un permiso. Si no obtiene un nuevo permiso antes de operar, se le aplicará una penalización del veinticinco por ciento (25%) sobre el monto de la tarifa del permiso según lo indicado en la Sección 8.02.080. El pago de la tarifa al presentar la solicitud debe incluir todas las penalizaciones, además de las tarifas del permiso, para validar cualquier permiso.
C. Saldo Pendiente. Los propietarios/operadores con saldo pendiente no podrán presentar una solicitud para un permiso de salud, lo cual incluye cambio de propietario o revisión de plan de instalación, hasta que la deuda pendiente haya sido pagada.
DProrrateo de Tarifas de Permiso. Las tarifas anuales de permiso de salud serán prorrateados según la frecuencia de inspección, lo cual incluye Instalaciones de Comida, Piscinas Públicas, Operaciones de Transferencia de Residuos Sólidos, Operaciones de Compostaje y Sistemas de Agua Pública. Los permisos no listados anteriormente no son elegibles para prorrateo con la presentación de una solicitud de permiso a mitad de año para una nueva instalación o cambio de propietario.
A. El Departamento de Salud Pública del Condado de Imperial, División de Salud Ambiental, como autoridad reguladora, tiene el derecho de acceder a todas las instalaciones y propiedades reguladas por esta Sección.
B. Negativa de Acceso, Notificación de Derecho de Acceso y Solicitud Final de Acceso
Si una persona niega el acceso a la autoridad reguladora, la autoridad informará a la persona lo siguiente:
- El titular del permiso está obligado a permitir el acceso de la autoridad reguladora para regular y hacer cumplir las disposiciones de todas las leyes federales, estatales y locales aplicables.
- El acceso es una condición para la aceptación y retención de un permiso de salud para operar según lo especificado en la sección 8.02.040, y
- Hacer una solicitud final de acceso.
C. Si se niega el acceso, se podrá obtener una orden emitida por la autoridad correspondiente permitiendo el acceso, denominada orden de inspección, según la ley; y el titular del permiso estará sujeto a sanciones civiles y/o penales conforme a la Sección 8.02.090.
- Fecha de Vencimiento. Las tarifas para renovar permisos anuales deben pagarse a más tardar el 1 de diciembre de cada año. Las tarifas para permisos para comenzar cualquier actividad permitida, ya sea renovable o no, deben pagarse antes de que comience dicha actividad. El no renovar el permiso de salud antes de la fecha de vencimiento invalidará el permiso.
- Penalización por Pago Tardío. El no pagar cualquier parte de la tarifa anual del permiso dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que la tarifa es debida resultará en una penalización del veinticinco por ciento (25%) del monto de la tarifa del permiso, con una penalización máxima que no excederá los siete mil quinientos dólares ($7,500.00). El no pagar cualquier parte de la tarifa anual dentro de los 30 días desde la fecha de vencimiento resultará en la revocación del permiso de salud. Operar sin un permiso de salud resultará en sanciones civiles y/o penales según lo indicado en la sección 8.02.090(2).
- Cheques NSF (sin fondos). Si el departamento recibe un pago en forma de cheque y dicho cheque no es pagable, el departamento cobrará $25.00. El monto original del cheque y todas las penalizaciones deben pagarse en efectivo, con tarjeta de crédito, o con cheque de caja a nombre de “Departamento de Salud Pública del Condado de Imperial.” Todos los procesos y plazos serán suspendidos hasta que se deposite el monto total. El director de Salud Pública podrá eximir esta disposición solo si se determina que el cheque no fue pagable sin culpa del solicitante. Para solicitar una exención, el solicitante debe presentar prueba escrita del banco y el pago de la tarifa requerida.
- Negativa de Acceso. La negativa de acceso a una instalación permitida por el titular del permiso o su representante resultará en la revocación del permiso de salud y el titular del permiso estará sujeto a sanciones civiles y/o penales según lo indicado en la subdivisión (B) a continuación.
- Sanciones Civiles y Penales. Las siguientes sanciones civiles y penales se aplicarán a cualquier persona que opere sin el permiso de salud adecuado, no obtenga un nuevo permiso en caso de cambio de propietario según la Sección 8.02.050, o no pague ninguna tarifa renovable según la Sección 8.02.70 o retire una tarjeta de calificación o tarjeta de inspección:
- Infracciones: El no renovar el permiso anual de salud o cualquier persona que viole alguna de las disposiciones de este capítulo será culpable de una infracción y, al ser condenada, se le impondrá una multa de: (1) Una multa no menor a 100 dólares ($100.00) ni mayor a 200 dólares ($200.00) por una primera violación de este capítulo; (2) Una multa no menor a 200 dólares ($200.00) ni mayor a 300 dólares ($300.00) por una segunda violación dentro de un año; (3) Una multa no menor a 300 dólares ($300.00) ni mayor a 500 dólares ($500.00) por cada violación posterior después de una segunda violación dentro de un año.
- Delito Menor. A pesar de lo dispuesto en 8.02.090(2)(a) anterior, un primer y cualquier delito posterior pueden ser procesados como un delito menor y, al ser condenados, se les impondrá castigos como se establece en la Sección 19 del Código Penal de California. Cada infracción será castigada con prisión en la cárcel del condado por no más de seis meses, una multa no superior a mil dólares ($1,000.00), o ambas, o lo que disponga la ley aplicable al momento de la infracción. Cada día que la infracción continúe será considerada una infracción separada.
Corrección de Infracciones. El pago de cualquier penalización establecida en este capítulo no exime a la persona de la responsabilidad de corregir cualquier infracción de este capítulo, estatuto o reglamento, ni exime el pago de tarifas tardías impuestas en este capítulo.
- Al momento de ser emitida por el funcionario de salud del condado, este colocará en cada establecimiento de alimentos la tarjeta de calificación o la tarjeta de puntuación de inspección, según lo determine, de manera que sea claramente visible para el público en general y para los clientes que entren al establecimiento. “Claramente visible para el público en general y para los clientes” significa:
- Colocada en la ventana frontal del establecimiento de alimentos a no más de cinco (5) pies de la puerta principal, o colocada en una vitrina instalada en la pared exterior frontal del establecimiento de alimentos a no más de cinco (5) pies de la puerta principal;
- Colocada junto a la ventana de entrega en una unidad móvil de alimentos, o del lado de atención al cliente de una unidad móvil sin cerramiento; o
- Colocada en un lugar indicado y determinado a discreción del funcionario de salud del condado para asegurar que el público y los clientes puedan verla correctamente.
- En caso de que un establecimiento de alimentos opere en el mismo edificio o espacio que otro negocio con licencia o permiso por separado, o en caso de que comparta una entrada común con dicho negocio, o en ambos casos, el funcionario de salud del condado colocará la tarjeta de calificación o tarjeta de puntuación de inspección en el área de contacto inicial con el cliente, o en un lugar determinado a su discreción.
- La tarjeta de calificación y la tarjeta de puntuación de inspección no deberán ser dañadas, rayadas, copiadas, camufladas, ocultas ni removidas. Es ilegal operar un establecimiento de alimentos sin que la tarjeta de calificación o la tarjeta de puntuación de inspección, según lo determine el funcionario de salud del condado, esté colocada como se indica en esta sección. Remover la tarjeta de calificación o la tarjeta de puntuación de inspección constituye una violación de este capítulo y puede resultar en la suspensión o revocación del permiso de salud pública y será sancionada según lo especificado en la Sección 8.02.090.
- Los centros de detención, escuelas privadas, escuelas públicas y operaciones de alimentos caseros (cottage food) no están obligados a colocar la tarjeta de calificación o la tarjeta de puntuación de inspección.
- El reporte oficial de inspección en el cual se basa la tarjeta de calificación o tarjeta de puntuación de inspección, junto con todos los reportes posteriores emitidos por el funcionario de salud del condado, deberán mantenerse en el establecimiento de alimentos y estar disponibles para el público y para los clientes que deseen revisarlos. El establecimiento de alimentos deberá conservar el reporte oficial de inspección y todos los reportes posteriores hasta que el funcionario de salud del condado realice la próxima inspección rutinaria del establecimiento y emita un nuevo reporte oficial de inspección.
- Una tarjeta de calificación o una tarjeta de puntuación de inspección será válida hasta que el funcionario de salud del condado realice la siguiente inspección rutinaria del establecimiento de alimentos.
Fecha de Implementación y Definiciones
- Todas las tarifas adoptadas bajo esta sección, con excepción de las tarifas para permisos anuales previstas en la Sección 8.02.070(L)(2), se implementarán inmediatamente después de la promulgación de esta sección.
- Las tarifas para permisos anuales se implementarán el día 1 de enero posterior a la promulgación de esta sección, con excepción de las tarifas para permisos anuales para Operaciones de Arte Corporal (Sección 8.02.070(C)) y Vivienda e Instituciones (Sección 8.02.070(E)). Las tarifass para Arte Corporal y Vivienda e Instituciones se implementarán el primer día de julio posterior a la promulgación de esta sección.
- La tarifa fija de la División se basa en un estándar establecido de tiempo/carga de trabajo para cada metodología de tarifa individual, determinado y aprobado por la Junta de Supervisores.
- Los cargos por tiempo y materiales se calculan con base en la tarifa por hora de la división y la tarifa de los materiales o servicios necesarios para administrar un programa relacionado con la instalación o actividad del titular del permiso. El método de recuperación de tarifas se basa en facturar al titular del permiso las tarifas asociados a su permiso. La tarifa por hora de la división es la tarifa calculada y contenida en el Estudio de Tarifa más reciente de la División de Salud Ambiental adoptado por la Junta de Supervisores del Condado.
- La contabilidad y facturación por parte del Departamento de Salud Pública, División de Salud Ambiental se realizará para todas las tarifas basadas en cargos por tiempo y materiales. Los pagos tardíos estarán sujetos a penalizaciones.
- Uso y Tarifa de Consultores. El Departamento de Salud Pública, División de Salud Ambiental puede contratar consultores externos independientes para ayudar en el procesamiento, investigación, estudios especiales o para brindar experiencia que no esté disponible dentro del departamento. La tarifa de dichos consultores será un cargo contra el proyecto y no contra el fondo general del condado, a menos que sea aprobado previamente por la Junta de Supervisores o asignado dentro del presupuesto adoptado.
- Reembolsos de Depósito para Proyectos T/M. Los reembolsos de tarifas se otorgarán conforme a las secciones aplicables de este documento. Todos las tarifas incurridos hasta la fecha, incluyendo gastos administrativos, serán deducidos de los reembolsos para proyectos T/M. Los reembolsos se procesarán conforme a las guías, procedimientos o instrucciones del auditor del Condado de Imperial.
- Tarifas de Revisión de Planos. Las tarifas de revisión de planos aplican, entre otros, a los siguientes casos: Establecimientos Permanentes de Alimentos, Unidades Móviles de Alimentos, Unidades de Apoyo Móvil, Albercas/Jacuzzis/Zonas de Rociadores Públicas, Instalaciones de Arte Corporal, Operaciones Móviles de Arte Corporal y Campamentos Organizados.
- Cuando se complete la Revisión de Planos, se calcula la tarifa T/M. Si la tarifa T/M es menor al monto depositado, se reembolsa la diferencia al titular de la cuenta. Si la tarifa T/M excede el monto depositado, se notificará al solicitante sobre la diferencia y deberá pagarla antes de recibir cualquier aprobación de plano. Ningún plano se considerará aprobado hasta que se pague el saldo pendiente en su totalidad. Cualquier plano que de otra manera se considere aprobado por ley a menos que sea rechazado o aprobado por la agencia evaluadora dentro de un tiempo específico, se considerará rechazado si por alguna razón, cualquier saldo pendiente bajo esta ordenanza sigue sin pagarse en o después de la fecha de “aprobación implícita” especificada por la ley o regulación.
- Esta ordenanza establece las tarifas mencionadas con vigencia a partir del 1 de enero de 2024. Las tarifas pueden ajustarse anualmente utilizando el Índice de Precios al Consumidor (CPI).
Clasificación de Riesgo Sanitario de Establecimientos de Alimentos
Bajo – Requiere 1 inspección por año.
Establecimientos que venden o sirven únicamente alimentos preenvasados.
Moderado – Requiere 2 inspecciones por año.
• Establecimientos que preparan Alimentos Potencialmente Peligrosos (APP) para consumo el mismo día, usando un método de preparación que incluye dos o más pasos como: combinación de ingredientes peligrosos, cocción, o mantenimiento en caliente o frío de alimentos listos para consumir (sin enfriamiento o recalentamiento de APP).
• Establecimientos que preparan o sirven APP en cantidades basadas en la demanda estimada del mismo día, y que descartan los alimentos preparados que no se venden o sirven ese mismo día.
•Establecimientos que utilizan utensilios desechables para comer y beber.
•Ejemplos: tiendas de conveniencia, delicatessen, barras de cine, heladerías, bares de alcohol sin cocina.
Alto – Requiere 3 inspecciones por año.
Alto: Esta categoría incluye, entre otros, carnicerías y restaurantes de servicio completo que cumplen con cualquiera de los siguientes criterios:
• Ofrecen un menú extenso con preparación compleja de ingredientes crudos potencialmente peligrosos.
• Preparan APP con anticipación utilizando métodos que incluyen cocción, enfriamiento o recalentamiento.
• Preparan alimentos para varios días de uso (por ejemplo, enchiladas, sopas, salsas, frijoles y alimentos usados en platillos del segundo día o durante varios días).
• Preparan o sirven productos APP crudos como sushi, carne, mariscos, brotes crudos o pollo.
• Proveen a los clientes utensilios reutilizables para comer.
Instalaciones de Alimentos
Descripción de Tarifas | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Categoría de Riesgo Bajo | |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes ≤1,500 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Bajo | $558.00 |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes 1,501 - 5,000 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Bajo | $584.00 |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes 5,001 - 10,000 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Bajo | $720.00 |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes ≥ 10,000 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Bajo | $913.00 |
Descripción de Tarifas | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Categoría de Riesgo Moderado | |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes ≤1,500 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Moderado | $666.00 |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes 1,501 - 5,000 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Moderado | $739.00 |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes 5,001 - 10,000 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Moderado | $939.00 |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes ≥ 10,000 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Moderado | $1,242.00 |
Descripción de Tarifas | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Categoría de Riesgo Alto | |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes ≤1,500 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Alto | $777.00 |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes 1,501 - 5,000 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Alto | $898.00 |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes 5,001 - 10,000 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Alto | $1,159.00 |
Mercados / Venta Minorista de Alimentos / Restaurantes ≥ 10,000 pies Permiso Sanitario Anual – Riesgo Alto | $1,572.00 |
Categoría de Riesgo Alto | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Permiso Sanitario Anual para Operación de Cocina Casera de Microempresa (MEHKO) | $370.00 |
Permiso Sanitario Anual para Micro-Mercado | $478.00 |
Permiso Sanitario Anual para Cocina Anfitriona | $390.00 |
Registro Anual Clase A para Operación de Alimentos Caseros (Cottage Food) | $233.00 |
Permiso Sanitario Anual Clase B para Operación de Alimentos Caseros (Cottage Food) | $320.00 |
Permiso Sanitario Anual para Cafetería Escolar | $622.00 |
Permiso Sanitario Anual para Instalación Satélite de Alimentos sin Procesamiento | $340.00 |
Permiso Sanitario Anual para Instalación Satélite de Alimentos con Procesamiento Limitado | $441.00 |
Registro Anual para Operación Caritativa de Servicio Limitado de Alimentos | $365.00 |
Permiso Sanitario Anual para Cocina Comunitaria (Organización sin fines de lucro 501(c)(3)) | $383.00 |
Permiso Sanitario Anual para Servicio de Banquetes (Catering) | $347.00 |
Permiso Sanitario Anual para Unidad Móvil de Alimentos – con Procesamiento | $459.00 (no se prorratea) |
Permiso Sanitario Anual para Unidad Móvil de Alimentos – con Preparación Limitada | $375.00 (no se prorratea) |
Permiso Sanitario Anual para Unidad Móvil de Alimentos – sin Procesamiento | $330.00 (no se prorratea) |
Permiso Sanitario Anual para Unidad de Apoyo de Alimentos Móviles | $345.00 (no se prorratea) |
Permiso Sanitario Anual para Comisaría de Alimentos | $233.00 |
Permiso Sanitario Anual para Máquinas Expendedoras — Solo Alimentos Potencialmente Peligrosos (cada una) | $94.00 |
Permiso Sanitario para Organizador de Mercado Sobre Ruedas (Swap Meet) | $390.00 |
Permiso Sanitario por 12 meses para Puesto de Alimentos en Mercado Sobre Ruedas (Swap Meet) — solo alimentos preenvasados y/o productos enteros | $292.00 |
Permiso Sanitario por 6 meses para Concesión de Alimentos en Evento Deportivo — solo alimentos preenvasados no peligrosos y/o productos enteros | $128.00 |
Permiso Sanitario por 12 meses para Concesión de Alimentos en Evento Deportivo — solo alimentos preenvasados no peligrosos y/o productos enteros | $256.00 |
Permiso Sanitario por 6 meses para Concesión de Alimentos en Evento Deportivo — alimentos no preenvasados limitados y/o procesamiento limitado de alimentos (TFF) | $183.00 |
Permiso Sanitario por 12 meses para Concesión de Alimentos en Evento Deportivo — alimentos no preenvasados limitados y/o procesamiento limitado de alimentos (TFF) | $366.00 |
Permiso Sanitario por 6 meses para Concesión de Alimentos en Evento Deportivo — alimentos no preenvasados y/o procesamiento de alimentos (TFF) | $213.00 |
Permiso Sanitario por 12 meses para Concesión de Alimentos en Evento Deportivo — alimentos no preenvasados y/o procesamiento de alimentos (TFF) | $427.00 |
Permiso Sanitario por 1 a 3 días para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — con fines de lucro | $50.00 |
Permiso Sanitario por 1 a 3 días para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — sin fines de lucro | $50.00 |
Permiso Sanitario por 4 a 15 días para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — con fines de lucro | $283.00 |
Permiso Sanitario por 4 a 15 días para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — sin fines de lucro | $141.00 |
Permiso Sanitario por 16 a 25 días para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — con fines de lucro | $320.00 |
Permiso Sanitario por 16 a 25 días para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — sin fines de lucro | $160.00 |
Permiso Sanitario por 6 meses para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — con fines de lucro, solo alimentos preenvasados y/o productos enteros | $164.00 |
Permiso Sanitario por 6 meses para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — sin fines de lucro, solo alimentos preenvasados y/o productos enteros | $82.00 |
Permiso Sanitario por 6 meses para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — con fines de lucro, alimentos no preenvasados y/o procesamiento de alimentos | $235.00 |
Permiso Sanitario por 6 meses para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — sin fines de lucro, alimentos no preenvasados y/o procesamiento de alimentos | $117.00 |
Permiso Sanitario por 12 meses para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — con fines de lucro, solo alimentos preenvasados y/o productos enteros | $204.00 |
Permiso Sanitario por 12 meses para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — sin fines de lucro, solo alimentos preenvasados y/o productos enteros | $102.00 |
Permiso Sanitario por 12 meses para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — con fines de lucro, alimentos no preenvasados y/o procesamiento de alimentos | $297.00 |
Permiso Sanitario por 12 meses para Instalación Temporal de Alimentos (TFF) — sin fines de lucro, alimentos no preenvasados y/o procesamiento de alimentos | $148.00 |
Permiso para Organizador de Evento Comunitario con Instalaciones Temporales de Alimentos (TFF) | $25.00 por cada vendedor de comida |
Tarifa por Entrega Tardía y Procesamiento Acelerado para Instalaciones Temporales de Alimentos (TFF) — con fines de lucro, sin fines de lucro y/o organizador | $75.00 más la tarifa del permiso |
Inspección para Reasignación de Puntuación | $157.00 |
Reinspección | $163.00 |
Actividad de Cumplimiento | $163.00/hora |
Piscinas y Spas Públicos
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Permiso Sanitario Anual Primario — Piscina/Spa/Chapoteadero/Zona de Rociadores | $399.00 |
Permiso Sanitario Anual Secundario — Piscina/Spa/Chapoteadero/Zona de Rociadores | $168.00 |
Permiso Sanitario Anual para Piscina/Spa/Chapoteadero/Zona de Rociadores en Estado Inactivo | $128.00 |
Permiso Sanitario Anual para Agua Pública — Lagos y Canales para Recreación y Deportes de Contacto | $804.00 |
Reinspección | $163.00 |
Actividad de Cumplimiento | $163.00/hora |
Operaciones de Arte Corporal
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Permiso Sanitario Anual para Establecimiento de Tatuajes y Arte Corporal | $267.00 |
Registro de Practicante de Tatuajes y Arte Corporal (por cada lugar con permiso) | $150.00 |
Permiso Sanitario Anual para Operación Móvil de Tatuajes y Arte Corporal | $243.00 |
Permiso Sanitario para Organizador de Evento de Tatuajes y Arte Corporal | $407.00 |
Permiso Sanitario para Puesto Temporal en Evento de Tatuajes y Arte Corporal | $237.00 |
Tarifa por Entrega Tardía y Procesamiento Acelerado para Eventos de Tatuajes y Arte Corporal (organizador y/o por cada puesto) | $75.00 más la tarifa del permiso |
Reinspección | $163.00 |
Actividad de Cumplimiento | $163.00/hora |
Cargos por Otros Servicios
Para todos los demás servicios provistos por la División de Salud Ambiental y que no estén expresamente mencionados en esta sección, dichos servicios se cobrarán con base en tiempo y materiales (T/M), como se define en la Sección 8.02.070(M)(2).
- Todos los solicitantes deberán pagar la Cuota Base para Revisión de Planos de Construcción EH de $153.00 al momento de presentar la solicitud para la revisión inicial.
- Las revisiones de planos que requieran revisión adicional, basadas en la complejidad necesaria, las limitaciones del sitio para cumplir con las regulaciones aplicables y la integridad y exactitud de la documentación proporcionada, se clasificarán como revisión de Impacto Menor, Impacto Moderado o Impacto Mayor.
- Se notificará a los solicitantes la categoría anticipada de revisión de planos y cualquier cambio en dicha categoría antes de completar el proceso de revisión.
- Al concluir la revisión, el solicitante deberá pagar el saldo restante, si lo hubiera, de la cuota de revisión antes de recibir la aprobación del plano.
- Ejemplos de los tipos de planos para cada categoría de revisión pueden incluir, pero no se limitan a
- Impacto Menor– Edificios agrícolas rutinarios en zonas A-1, A-2 y A-3 (por ejemplo, bodegas agrícolas básicas sin plomería)
- Impacto Moderado –Remodelaciones residenciales y comerciales simples, remolques de construcción estándar, patios techados, cocheras, albercas, tanques y sistemas de agua, y demoliciones típicas (adiciones menores a 500 pies cuadrados).
- Impacto Mayor - Construcción básica nueva, adiciones de edificio o habitaciones (mayores a 500 pies cuadrados), garajes, oficinas, modificaciones en tipo de ocupación y cambios o ampliaciones de uso.
Revisión de Planos e Inspecciones de Construcción
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Proyectos con tarifa menor a $5,000 | T/M ($500 depósito) |
Proyectos con tarifa de $5,001 a $30,000 | T/M ($1,000.00 depósito) |
Proyectos con tarifa mayor a $30,000 | T/M ($1,500.00 depósito) |
Tarifa Base para Revisión de Planos EH | $153.00 |
Revisión de Planos EH (revisión de impacto menor, ver arriba) | $213.00 |
Revisión de Planos EH (revisión de impacto moderado, ver arriba) | $328.00 |
Revisión de Planos EH (revisión de impacto mayor, ver arriba) | $525.00 |
Revisión de Potabilidad del Agua EH (* Sin cargo adicional por reenvío de resultados de prueba) | $234.00 |
Viviendas e Instituciones
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Permiso Sanitario Anual para Centro de Detención/Prisión | $710.00 |
Permiso Sanitario Anual para Instalación Satélite de Alimentos con Procesamiento Limitado | $441.00 |
Permiso Sanitario Anual para Instalación Satélite de Alimentos sin Procesamiento | $340.00 |
Permiso Sanitario Anual para Tribunal de Adultos y Centro Temporal de Detención | $419.00 |
Permiso Sanitario Anual para Campamentos Organizados (Incluye alimentos, alberca y vivienda) | $743.00 |
Reinspección | $163.00 |
Actividad de Cumplimiento | $163.00/hr |
Sistemas de Desechos Líquidos/Aguas Residuales
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Permiso Sanitario para Sistema de Aguas Residuales — Nuevo, Modificación o Reemplazo Completo del Sistema¹ | $856.00 |
Permiso Sanitario para Sistema de Aguas Residuales — Sistema Ingenieril menor a 5,000 gpd* | $1,542.00 |
Permiso Sanitario para Sistema de Aguas Residuales — Sistema Ingenieril mayor a 5,000 gpd | $2,543.00 |
Permiso Sanitario para Sistema de Aguas Residuales — Reparación Menor | $358.00 |
Permiso Sanitario para Sistema de Aguas Residuales — Reparación Mayor | $504.00 |
Permiso Sanitario para Sistema de Aguas Residuales — Reparación de Sistema Ingenieril – capacidad menor a 5,000 gpd | $755.00 |
Permiso Sanitario para Sistema de Aguas Residuales — Reparación de Sistema Ingenieril – capacidad mayor a 5,000 gpd | $1,114.00 |
Permiso Sanitario para Sistema de Aguas Residuales — Abandono | $372.00 |
Permiso Sanitario para Sistema de Aguas Residuales — Sistema de Tanque de Almacenamiento | $1,426.00 |
Revisión de Certificación del Sistema de Aguas Residuales | $673.00 |
Permiso Sanitario para Instalación Temporal de Almacenamiento de Lodos | $871.00 |
Permiso Anual de Operación para Sistemas Alternativos de Tratamiento de Aguas Residuales en Sitio | $645.00 |
Revisión Adicional de Planos | T/M |
Permiso Sanitario Anual para Camión de Bombeo de Lodos (cada vehículo) | $539.00 (no se prorratea) |
Reinspección | $163.00 |
Actividad de Cumplimiento | $163.00/hora |
*El permiso incluye una inspección. Inspecciones adicionales se cobrarán a la tarifa horaria de la división.
Residuos Sólidos
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Revisión de Solicitud de Permiso — Nuevo Permiso para Instalación de Residuos Sólidos | T/M +consultores ($5,000 depósito) |
Revisión de Solicitud de Permiso — Revisión de Permiso | T/M + consultores ($5,000 depósito) |
Revisión de Solicitud de Permiso — Modificación de Permiso | T/M +consultores ($5,000 depósito) |
Revisión de Solicitud de Permiso — Revisión de Permiso a 5 Años | T/M ($5,000 depósito) |
Revisión de Solicitud de Permiso — Enmiendas RFI | T/M ($1,500 depósito) |
Revisión de Solicitud de Permiso — Permisos Escalonados | T/M ($1,500 depósito) |
Revisión de Solicitud de Permiso — Aprobación de Plan de Cierre/Post-Cierre | T/M + consultores ($5,000 depósito) |
Tarifas Anuales de Permiso Sanitario para Rellenos Sanitarios Activos
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Rellenos sanitarios menores a 499 tpd (toneladas permitidas máximas) | $25,000.00 |
Rellenos sanitarios de 500 tpd a 999 tpd (toneladas permitidas máximas) | $60,000.00 |
Rellenos sanitarios de 1,000 tpd a 4,999 tpd (toneladas permitidas máximas) | $65,000.00 |
Rellenos sanitarios de 5,000 tpd a 9,999 tpd (toneladas permitidas máximas) | $70,000.00 |
Rellenos sanitarios de 10,000 tpd a 14,999 tpd (toneladas permitidas máximas) | $150,000.00 |
Rellenos sanitarios mayores a 15,000 tpd (toneladas permitidas máximas) | $250,000.00 |
Permiso Sanitario Anual para Relleno Sanitario Cerrado — *Menor a 40 acres de área de disposición | $5,925.00 |
Permiso Anual de Salud para Transferencia de Operación
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Notificación EA — Operación de Transferencia de Volumen Limitado | $7,837.00 |
Registro — Operación de Transferencia de Volumen Medio | $24,766.00 |
Completo — Operación de Transferencia de Volumen Grande | $33,735.00 |
Notificación EA — Operación CDI | $12,210.00 |
Registro — Instalación CDI de Volumen Medio | $15,466.00 |
Completo — Instalación CDI de Volumen Grande | $17,909.00 |
Operación de Transferencia Directa (hasta 150 toneladas) | $23,874.00 |
Notificación EA — Operación de Digestión In-Vessel | $7,837.00 |
Registro — Instalación de Digestión In-Vessel de Volumen Medio | $24,766.00 |
Completo — Digestión In-Vessel de Volumen Grande | $33,735.00 |
Permiso Sanitario Anual para Instalación de Transformación | $33,735.00 |
Permiso Sanitario Anual para Instalación de Compostaje | $7,791.00 |
Permiso Sanitario Anual para Operación de Compostaje Agrícola | $2,352.00 |
Tarifa de Registro — Permiso Sanitario Anual para Vehículo de Residuos Sólidos (1 por vehículo) | $346.00 |
Tarifa de Registro — Permiso Sanitario Anual para Vehículo de Residuos Sólidos (cada vehículo adicional en el mismo sitio) | $62.00 |
Tarifa de Registro — Permiso Sanitario Anual para Contenedores de Residuos | $382.00 |
Permiso Sanitario para Actividades de Cierre/Post-Cierre de Rellenos Sanitarios | T/M + consultores |
Actividad en Sitios Cerrados, Ilegales o Abandonados | T/M |
Actividad Planificada en Instalación de Residuos Sólidos (instalación permitida, pero sin recibir residuos actualmente) | T/M |
Revisión de Exención de Permiso | T/M |
Revisión de Cubierta Diaria Alternativa | T/M |
Permiso Sanitario para Instalación de Disposición Exenta por Permiso Estatal | $1.20 por tonelada |
Actividad de Cumplimiento | $163.00/hora |
Sistemas de Agua Pública
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Revisión de Solicitud de Permiso — Nuevo Sistema de Agua | T/M + consultores ($1,200.00 depósito) |
Revisión de Solicitud de Permiso — Enmienda de Permiso | T/M +consultores ($600.00 depósito) |
Revisión de Solicitud de Permiso — Cambio de Propietario | T/M +consultores ($600.00 depósito) |
Revisión de Planos Menor — Alteraciones o Reparaciones al Sistema de Agua | T/M + consultores ($400.00 depósito) |
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
---|---|
Permiso Sanitario Anual para Sistema de Agua Comunitario | $2,562.00 |
Permiso Sanitario Anual para Sistema de Agua No Comunitario No Transitorio | $2,885.00 |
Permiso Sanitario Anual para Sistema de Agua No Comunitario Transitorio | $1,935.00 |
Permiso Sanitario Anual para Sistema de Agua Estatal Pequeño | $1,344.00 |
Permiso Sanitario Anual para Sistema de Agua en Establecimiento de Alimentos | $1,226.00 |
Revisión de Informe Técnico | T/M |
Análisis de laboratorio | T/M |
Reinspección | $163.00 |
Actividad de Cumplimiento | $163.00/hora (1) |
- Durante cualquier año fiscal, el reembolso máximo por tarifas de cumplimiento autorizado por la Sección 116595 del Código de Salud y Seguridad de California no puede exceder el doble de la tarifa del permiso anual de operación.
Inspección y Muestreo de Granjas Lecheras
Descripción de Tarifa | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Permiso Sanitario Anual para Granja Lechera – Inspección y Muestreo Rutinario | Cantidad permitida por ley y aprobada por el CDFA. |
Tarifas por Inspección de Seguimiento en Granjas Lecheras | Cantidad permitida por ley y aprobada por el CDFA. |
Análisis de laboratorio | T/M |
Actividad de Cumplimiento | $163.00/hora |
Administración
Descripción de Tarifas | TARIFA / MONTO / CONDICIONES |
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Tarifa Horaria Estándar de la División (por hora) | $163.00 |
Reemisión/Reimpresión de Permiso | $25.00 |
Copias | $0.10/copia |
Tarifa por Audiencia Administrativa en Oficina | $300.00 (primeras 3 horas) ($163/hora después) |
Contacto
El Centro, CA, 92243